LA
PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El presidente del Servicio de Impuestos
Nacionales (SIN), Erik Ariñez, aclaró el miércoles que el fallo del Tribunal
Constitucional Plurinacional (TCP), que declara ilegal una parte de la Ley 317
del Presupuesto General del Estado (PGE) 2013, no elimina la clausura temporal
de negocios como sanción por la no emisión de facturas.
Según Ariñez, el fallo del TCP sólo declara
ilegal la clausura definitiva de negocios y la pena privativa de libertad de
hasta seis años, cuando se evidencia 'falsedad ideológica' en la emisión de
facturas.
'Hay que dejar en claro, porque algunos
dirigentes están desinformando, ellos dicen que ya no se va a clausurar por la
no emisión de facturas, no es así, el TCP lo que hizo es declarar inconstitucional
la clausura definitiva, que es otra figura', remarcó, en una entrevista con la
televisora Unitel.
El pasado 18 de enero, el TCP declaró
inconstitucional dos disposiciones del PGE 2013, que autorizaban la clausura
definitiva de un negocio que reincidió por quinta vez en la no emisión de
facturas y también sancionaba con hasta seis años de prisión la falsificación
de esa nota fiscal.
En ese contexto, Ariñez calificó el fallo
del TCP como 'contradictorio', porque dificultará el trabajo del SIN, cuando
realice controles orientados a que los comerciantes cumplan con sus
obligaciones tributarias.
No obstante, advirtió que, a pesar del
fallo del TCP, el SIN 'intensificará' los controles en los comercios, para
hacer cumplir la emisión de facturas por la venta de un producto o la
prestación de algún servicio.
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