Alertan sobre discriminación
Foto ilustrativa. El Día. |
PANDO, BOLIVIA (ANB / Erbol).- En su informe denominado “Observaciones finales sobre el segundo informe
periódico del Estado Plurinacional de Bolivia, aprobadas en su 18º período de
sesiones”, el Comité de Protección de los Derechos de los Trabajadores
Migratorios de la ONU, observó que nuestro Estado no se ha adherido a los
Convenios N° 97 de la OIT relativo a los trabajadores migrantes, ni al Convenio
Nº 143 sobre las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la
igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes, pese a que
estos convenios fueron suscritos en de 1949 y 1975, respectivamente.
También demandó a Bolivia,
adherirse a los Convenios sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los
trabajadores domésticos y sobre “Libertad Sindical y la Protección del Derecho
de Sindicalización”.
El Convenio Nº 97 de la OIT
relativo a los trabajadores migrantes, entre otros aspectos obliga a los
Estados a contar con un servicio gratuito encargado de prestar ayuda a los
trabajadores migrantes, tomar medidas en contra de la propaganda sobre la
emigración y la inmigración, mantener servicios médicos para la
salud de los trabajadores migrantes y medidas de seguridad social entre
otras. Por su parte el Convenio Nº 143 se refiere a la disminución de
condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato
de los trabajadores migrantes
El Comité advirtió que “sigue
preocupando al Comité que aún persista discriminación hacia ciertos grupos de
trabajadores migratorios, en especial en zonas fronterizas, y de refugiados por
parte de las fuerzas del orden en el Estado parte”. Aunque relieva la
vigencia de la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación, lamenta
que ésta no aborde a los trabajadores migratorios y sus familiares como un
grupo vulnerable a la discriminación, por lo que “reitera su recomendación al
Estado (boliviano) de que vele porque todos los trabajadores migratorios y sus
familiares en su territorio o sujetos a su jurisdicción gocen de los derechos
consagrados en la Convención sin ningún tipo de discriminación, y lo
alienta a tomar medidas inmediatas y efectivas para el combate contra
prejuicios y contra la estigmatización social”.
El documento que se encuentra
publicado en el sitio web de la institución, fue elaborado en base a los
informes escritos que presentaron varias instituciones nacionales y la visita
de una representación boliviana a la sede del organismo aunque en este caso
lamentó “que la delegación no incluyera expertos en las cuestiones cubiertas
por la Convención y que la mayoría de las respuestas no fueran precisas, claras
y suficientes”.
Más adelante advierte sobre la
necesidad de brindar información oportuna a los migrantes respecto a sus
derechos y a demanda que nuestro Estado garantice que los trabajadores
migratorios y sus familiares, incluidos los que están en situación migratoria
irregular, tengan las mismas oportunidades que los nacionales para presentar
denuncias y obtener reparaciones efectivas ante los tribunales en caso de que
se hayan vulnerado los derechos que les confiere la Convención.
Más recursos para la
Defensoría del Pueblo
En una de sus recomendaciones,
el Comité observó que la Defensoría del Pueblo de Bolivia “carezca de un
financiamiento público suficiente, ya que una parte considerable de su
presupuesto viene de fuentes externas”. En este sentido insta al Estado
Boliviano a “asignar a la institución defensora de los derechos humanos los
recursos humanos y financieros necesarios para que realice todas las
actividades relativas a los derechos de los trabajadores migratorios y de sus
familiares previstas en su mandato”.
Pese a que el artículo 218 de
la Constitución Política del Estado, señala que “Corresponderá asimismo a la
Defensoría del Pueblo la promoción de la defensa de los derechos de las
naciones y pueblos indígena originario campesinos, de las comunidades urbanas e
interculturales, y de las bolivianas y los bolivianos en el exterior”, la
Defensoría fue excluida del texto de la Ley de Migración, promulgada
recientemente, además que, como señala el documento, los recursos para el
funcionamiento de sus programas y proyectos provienen de la ayuda
internacional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
ANBOLIVIA te invita a ser el quinto poder, opina...con respeto
DEJA TU OPINIÓN EN:
TW: @ANBOLIVIA
TW: @ANBdigital
F: https://www.facebook.com/anboliviadigital