Diputado de Convergencia Nacional, Tomás Monasterio. |
Dos artículos de
la Ley Marco de Autonomías
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El diputado de Convergencia Nacional Tomás
Monasterio informó que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró
inconstitucional a los artículos 144 y 145 de la Ley Marco de Autonomías que
permitía la suspensión de autoridades a simple acusación formal.
“Nosotros recurrimos al Tribunal Constitucional para poder buscar a través
de la acción de constitucionalidad abstracta la forma como el Tribunal se
pronuncie y declare la inconstitucional de esos dos artículos incluidos en la
Ley de Autonomías con una notoria intencionalidad política”, señaló Monasterio
en contacto telefónico con Erbol.
Agregó que los artículos 144 y 145 de la mencionada Ley “desconocían el
marco constitucional y planteaban la figura de que a una autoridad electa se la
pueda suspenderse en sus funciones”.
Señaló que un elemento importante para lograr esta resolución del Tribunal
Constitucional fue la presentación de una sentencia de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos que establece, en un caso de Venezuela, que “la única
forma en que se pierden los derechos políticos es con una sentencia
ejecutoriada”.
“Fue un elemento muy importante para volver al camino de la legalidad y se
acabe ese estado de caos que se ha generalizado en las alcaldías y
gobernaciones, que a simple acusación formal se suspendan los derechos
políticos”, apuntó.
Reiteró que “de manera extraoficial hemos tenido conocimiento de que dicha
resolución ya estaría firmada y que en las próximas horas sería oficializada
por el Tribunal Constitucional”.
El 9 de marzo de 2012, el Tribunal Constitucional Plurinacional
admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por el diputado
de Convergencia Nacional, Tomás Monasterio, contra los artículos 144 y 145 de
la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.
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