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sábado, 10 de noviembre de 2012

RIGE LEY QUE IMPONE IMPUESTOS A LA PRODUCCIÓN DE AZÚCAR Y ALCOHOL



SANTA CRUZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- A partir de hoy productores de caña y empresarios azucareros pagarán un impuesto de 20 centavos de boliviano por cada quintal del producto dulce y ocho centavos por cada litro de alcohol, luego que el presidente Evo Morales promulgó este sábado la Ley 540.


El primer mandatario aclaró que este gravamen no frena las utilidades, pero sí las regula, aunque no dijo en qué sentido.

“Hay que regular la diferencia entre el productor de caña y del ingenio. No estamos quitando las utilidades, sólo estamos regulando”, enfatizó.

Morales en un acto que se cumplió en el municipio Fernández Alonso, norte de Santa Cruz, reclamó más apoyo del empresariado para permitir que la producción agrícola no sólo sirva para el consumo, sino también para la exportación.

“El problema de alimento será un problema permanente en todo el mundo. Bolivia al margen de consumir lo necesario también seamos productores”, agregó.

En el acto también participaron la ministra de Desarrollo Productivo, Teresa Morales y el presidente de la Asociación Nacional de Productores de Oleaginosas (ANAPO), Demetrio Pérez.

La Ley

La Ley promulgada por el Presidente Morales determina un impuesto para cada quintal de azúcar y litro de alcohol.

 “Se crea la retención por producción” tanto de azúcar y alcohol destilado. Estas alícuotas podrán ser modificadas en el decreto supremo respectivo, a nivel de reglamentario. 

Los recursos que genere el gravamen permitirán el financiamiento del Centro Nacional de la Caña de Azúcar (96 por ciento) y el trabajo de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (cuatro por ciento).

Se calcula que con esta retención se recaude aproximadamente Bs 2,4 millones en función a la producción estimada de 12 millones de quintales de azúcar para este año 2012.

La Ley establece el funcionamiento del “control social” en los ingenios, con el “control técnico cañero”, integrado por delegados del ingenio y representantes de los productores de la caña.

También rige una “pérdida fabril variable hasta 18 por ciento” que debe ser asumida “de manera compartida e igualitaria entre cada ingenio y sus proveedores cañeros”. 

En otro acápite de la norma se menciona que el Centro Nacional de la Caña de Azúcar investigará detalles de la caña de azúcar, productos principales y subproductos con la finalidad de lograr mayor productividad del complejo productivo y garantizar la seguridad y soberanía alimentaria en Bolivia.

Santa Cruz, 10 noviembre 2012 – A.P.V.

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