TRAS PROMULGACIÓN
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La Defensoría del Pueblo identificó tres observaciones a la Ley de Regulación de los Estados de Excepción, promulgada este lunes. La institución advirtió que algunos artículos podrían afectar los mecanismos de control y la protección de los derechos humanos.
“Cualquier
limitación a derechos debe tener una mirada restrictiva, porque si no, de lo
contrario, puede haber desbordes”, afirmó el defensor del Pueblo, Pedro
Callisaya, en La Tarde en Directo de ERBOL al referirse a la nueva normativa
aprobada por el Gobierno.
Entre
las observaciones figura la disposición que permite que un estado de excepción
continúe vigente aun cuando hayan transcurrido las 72 horas establecidas para
el control legislativo, hasta que la Asamblea Legislativa emita un
pronunciamiento. Según Callisaya, esto debilita las facultades de fiscalización
del Legislativo.
Asimismo,
cuestionó la presunción de legalidad otorgada a las actuaciones de efectivos
policiales y militares durante un estado de excepción.
A
su juicio, esa disposición podría trasladar la carga de la prueba a las
posibles víctimas y desalentar denuncias por vulneraciones de derechos.
Por
otro lado, señaló que la ley ya no menciona expresamente a la Defensoría del
Pueblo como instancia de vigilancia de los derechos humanos durante un estado
de excepción.
Aunque
aclaró que la institución mantendrá esa labor por mandato constitucional,
consideró que la omisión envía una señal preocupante respecto a las garantías
ciudadanas.
El
presidente Rodrigo Paz promulgó este lunes la Ley 1740 de Regulación de los
Estados de Excepción y aseguró que su gobierno actuará con firmeza frente a
grupos violentos y vinculados al narcotráfico.
La
norma, aprobada por la Asamblea Legislativa, regula la declaratoria de estados
de excepción ante amenazas a la seguridad interna, externa o desastres
naturales, permite la participación de las Fuerzas Armadas cuando la Policía
sea rebasada y establece una vigencia de hasta 90 días, prorrogable con
autorización legislativa. ///kmg

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