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RODRIGO PAZ: “PARA QUE ESTÉ CLARO, AQUÍ NADIE QUIERE PRIVATIZAR, NADIE QUIERE HACER TARIFAZOS”

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lunes, 8 de junio de 2026

DEFENSORÍA OBSERVA TRES ASPECTOS DE LA LEY QUE REGULA LOS ESTADOS DE EXCEPCIÓN

TRAS PROMULGACIÓN


LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).-
La Defensoría del Pueblo identificó tres observaciones a la Ley de Regulación de los Estados de Excepción, promulgada este lunes. La institución advirtió que algunos artículos podrían afectar los mecanismos de control y la protección de los derechos humanos.

 

“Cualquier limitación a derechos debe tener una mirada restrictiva, porque si no, de lo contrario, puede haber desbordes”, afirmó el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, en La Tarde en Directo de ERBOL al referirse a la nueva normativa aprobada por el Gobierno.

 

Entre las observaciones figura la disposición que permite que un estado de excepción continúe vigente aun cuando hayan transcurrido las 72 horas establecidas para el control legislativo, hasta que la Asamblea Legislativa emita un pronunciamiento. Según Callisaya, esto debilita las facultades de fiscalización del Legislativo.

 

Asimismo, cuestionó la presunción de legalidad otorgada a las actuaciones de efectivos policiales y militares durante un estado de excepción.

 

A su juicio, esa disposición podría trasladar la carga de la prueba a las posibles víctimas y desalentar denuncias por vulneraciones de derechos.

 

Por otro lado, señaló que la ley ya no menciona expresamente a la Defensoría del Pueblo como instancia de vigilancia de los derechos humanos durante un estado de excepción.

 

Aunque aclaró que la institución mantendrá esa labor por mandato constitucional, consideró que la omisión envía una señal preocupante respecto a las garantías ciudadanas.

 

El presidente Rodrigo Paz promulgó este lunes la Ley 1740 de Regulación de los Estados de Excepción y aseguró que su gobierno actuará con firmeza frente a grupos violentos y vinculados al narcotráfico.

 

La norma, aprobada por la Asamblea Legislativa, regula la declaratoria de estados de excepción ante amenazas a la seguridad interna, externa o desastres naturales, permite la participación de las Fuerzas Armadas cuando la Policía sea rebasada y establece una vigencia de hasta 90 días, prorrogable con autorización legislativa. ///kmg

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